El consentimiento imprescindible en bondage

Llevo casi 30 años de experiencia en la fotografía erótica y bondage, y conozco a la perfección lo que es el consentimiento. Desde siempre he definido el consentimiento como una exigencia y cumplimiento imprescindible, innegociable y obligatorio, en todas las sesiones de fotos y en las relaciones sexuales, pero por si acaso todavía alguien no entiende qué es el consentimiento, diré que es esa famosa frase, muy bien resumida, clara y concisa, de que "sí es sí, y no es no":

Para mí, hay dos tipos el consentimiento, que es el consentimiento que obligan las leyes, y el consentimiento del propio sentido común, ético y profesional, y hoy os voy a hablar con mucha profundidad del consentimiento en ambos campos, es decir, en sus conceptos legales, y en su ética profesional y de sentido común, porque siempre puede haber alguien idiota que sigue sin entenderlo. También hay gente que no lo entiende porque no le da la puta gana de entenderlo, o porque tienen menos cerebro que un mosquito, y de ellos también hablaré en este artículo, que sabéis mis seguidores y seguidoras tengo fama de hablar muy claro y muy directo.

"¿Qué es el consentimiento?"

El consentimiento, en sesiones de fotos, es el permiso que te da la otra persona para que puedas fotografiarle y publicar sus fotos. Es la frase "sí, puedes hacerme fotos, te doy permiso" a nivel coloquial.

En el campo sexual, es el permiso de la otra persona a mantener relaciones sexuales con él o con ella, sea cual sea la fantasía, desde follar hasta el sado duro. Tal como os he dicho antes, es la frase "sí, quiero follar contigo".

Ahora bien, para que el consentimiento sea válido, está sujeto a unos requisitos subjetivos, que os explico en el siguiente punto.

"¿Cuándo es válido el consentimiento?"

El consentimiento ha de ser válido, libre, espontáneo y expresamente emitido. ¡Tranquilos/as! Yo os lo traduzco de la jerga jurídica.

Primer requisito, mayoría de edad. Para empezar, hay que ser mayor de edad. No es válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o un incapaz. En las leyes españolas, una persona es mayor de edad con 18 años, y cumplidos. No sirven esas tonterías de que si falta un día, una semana, etc. ¡Por mí como si le faltan dos segundos! La mayoría de edad es 18 años cumplidos.

Lo establece el art. 12 de la Constitución Española, donde dice que "los españoles son mayores de edad a los dieciocho años", y también lo transcribe el art. 315 del Código Civil, en su edición actualizada el 23 de diciembre de 2020 que es cuando escribo este texto, y cuyo artículo pone que "la mayor edad empieza a los dieciocho años cumplidos". En una segunda frase añade que "para el cómputo de los años de la mayoría de edad se incluirá completo el día del nacimiento". ¡Más claro, imposible!

En cuanto al término "incapaces", que tampoco es válido su consentimiento, el art. 200 del Código Civil español dice que "son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma".

Bien es cierto que el artículo 199 es muy taxativo, y dice que "nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley", aunque el Código Penal también habla de las discapacidades, en su artículo 25, y el cual dice que "a los efectos de este Código se entiende por discapacidad aquella situación en que se encuentra una persona con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras, puedan limitar o impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás".

En un segundo párrafo añade que "asimismo a los efectos de este Código, se entenderá por persona con discapacidad necesitada de especial protección a aquella persona con discapacidad que, tenga o no judicialmente modificada su capacidad de obrar, requiera de asistencia o apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica y para la toma de decisiones respecto de su persona, de sus derechos o intereses a causa de sus deficiencias intelectuales o mentales de carácter permanente".

Este es el concepto jurídico legal de las personas incluidas en el término "incapaces".

Segundo requisito, tiene que ser libre, espontánea y expresamente por parte del sujeto ofendido.

Por "libre" significa que no puede haber chantajes ni coacciones. Esas frases imbéciles al estilo "o posas o le digo a tu amiga que te tiras a tu novio", eso es como mínimo una coacción, y ese consentimiento no es válido.

Ampliado con otra afirmación, significa que no puede estar condicionado por ningún elemento externo, absolutamente ninguno, porque legalmente impediría la apreciación del consentimiento, en razón del bien jurídico protegido que lo es la integridad física, constitucionalmente protegida en el art. 15 de nuestra Constitución.

Recordar, tanto en "libre" como en "espontáneo", que el "sí es sí", el consentimiento, el permiso, lo tiene que dar la propia persona, la modelo o tu ligue. Ella, y sólo ella, puede decir que sí. No es válido el consentimiento cuando el permiso te lo da su amigo, su novio, su hermano o el Presidente de Rachupistán, por decir algo. No, no vale ese consentimiento. No puedes follar con nadie porque te ha dado permiso el vecino, el proxeneta capullo de turno, o quién sea. Sólo sirve el consentimiento de la propia persona, expresado por ella misma.

Tampoco es válido el consentimiento si se impone por una relación de superioridad, que sería una persona sometida a otra persona dentro de una relación laboral, y que aquí hay miles de ejemplos. Tiene que ser libre, realmente.

Por "espontáneo", que es la libertad de su emisión, significa que la persona tiene que decir con total tranquilidad y libertad, sin ninguna presión, que sí quiere posar en las fotos.

Tercer requisito, es que tiene que tener perfecta conciencia del alcance de su emisión, y que no basta con meras suposiciones sobre la prestación del tal consentimiento.

Os voy a poner de ejemplo mis fotos, y el bondage. Yo, cuando trabajo mis sesiones de fotos, explico con todo lujo de detalles que la modelo está atada, que se ata con cuerdas, que está perfectamente atada, que las fotos se publicarán en la web, y mucho más, porque tengo fama de que no callo, pero no dejo ni una duda de lo que es bondage y lo que son las fotos. Hay chicas que me comentan que se van saturadas y con la cabeza llena de tanta información. Es lo correcto.

Yo nunca trabajo cuando el consentimiento no es claro. No me sirve las frases de "bueno", "vale", "lo probaré", "mi amigo me dice que lo pruebe" y mil similares. Sólo acepto el "sí" como consentimiento. Todas las demás respuestas no me sirven. El consentimiento ha de ser claro y yo tengo que estar completamente seguro del consentimiento, porque no es válido decir simplemente que parece haber dicho que sí. ¡No, no! Tiene que estar perfectamente claro el "sí".

Las respuestas indecisas o dubitativas son síntomas de que después puede haber arrepentimientos, sentimientos de culpabilidad, malas experiencias, y todo esto son problemas para todos y todas, porque en los días posteriores puede transformarse en recuerdos traumáticos, experiencia vergonzosa, denuncias o depresiones, y por lo tanto repito, única y exclusivamente el "sí" es consentimiento. Todo lo demás, ¡a la basura!

Cuarto requisito. Añadiré, en base a mi experiencia, un cuarto punto, y es que yo nunca trabajo, y nunca firmo documentos, con modelos que vienen borrachas, drogadas o con toda la pinta de haberse tomado algo alucinógeno y que altere sus facultades mentales. Incluso yo anulo y no hago entrevistas con modelos borrachas o drogadas.

"¿Cuánto tiempo es válido el consentimiento?"

En las sesiones de fotos el periodo de tiempo de la publicación de las fotos se autoriza por escrito, porque aquí ya entra los derechos de imagen, los derechos de autor, y otras particularidades de la fotografía.

En cuestiones de sexo, mi opinión es que el consentimiento es válido hasta que termina la situación que se ha autorizado, o hasta que ella cambia de opinión y retira el consentimiento.

Supongamos que conoces a una chica, es un ligue, y quiere follar contigo el viernes. En mayoría de edad, libre y consentido, follar como os dé la gana, y el consentimiento termina cuando se acaba de follar. Si quieres volver a follar el sábado, necesitas otra vez su consentimiento. No sirve el del viernes. No puedes ir a su casa y ponerte a follar con ella simplemente porque follasteis la noche anterior. Se necesita obligatoriamente que ella vuelva a decir que sí quiere volver a follar.

Otro ejemplo. Supongamos que estáis follando, pero de repente la chica dice que no quiere seguir follando. Está en su pleno derecho de retirar el consentimiento. Se acaba al polvo al momento. Si estás muy cachondo, en aquellas famosas situaciones de que estás a medias y las hormonas hierven, le dices que vas al lavabo a mear, te masturbas y te vas, pero el "no es no", de obligatorio cumplimiento e inmediato.

"¿Cómo tiene que ser el consentimiento?"

En mi opinión, el consentimiento no es una carta blanca para hacer lo que te da la gana tampoco, y debería de incluir un apartado adicional que equivaldría a unos límites pactados y con condiciones sine qua non, lo que significa indispensables, o como digo yo, obligatorias.

En todos mis años de experiencia, siempre he defendido que las normas son sagradas, de obligatorio cumplimiento, y perfectamente claras, explícitas y detalladas, porque evita problemas muy desagradables, y voy a poner casos reales de "stealthing", que traducido viene a ser "sigilosamente"; y que ha llegado la justicia española.

Esta asquerosa práctica, ruin, barriobajera, y repugnante, consiste en que el hombre se quita el preservativo sin que su pareja se dé cuenta mientras están follando. Es una traición miserable, y en algunos países, como Estados Unidos o Suecia, se equipara a una violación.

No es el caso de España cuando escribo este artículo en 2021 para ser exacto, donde ha habido tres juicios hasta esta fecha sobre esta práctica. Un juzgado penal de Salamanca sí condenó a un hombre por esta práctica en una sentencia de conformidad, que no se puede recurrir, mientras que en la Audiencia Provincial de Madrid y en la Audiencia de Barcelona se absolvieron los acusados. Todos los juicios están llenos de particularidades a interpretación, pero básicamente se absuelven porque no existen suficientes pruebas y por el principio legal de "in dubio pro reo", lo cual quiere decir que en caso de duda se resuelve a favor del acusado. Entre la lista de dudas figura que en el consentimiento no se estableció la obligación del condón, sino que se usó sin más.

Por eso yo siempre digo que el consentimiento tiene que ir acompañado de límites y de prohibiciones, porque en la vida siempre te encuentras el típico imbécil que le das la mano y se coge el brazo, frase típica española. Lo he creído siempre, es por convicción, por ideal, y es un sistema genial para evitar sorpresas en los juicios, ya que están llenos de pequeños matices difíciles de comprender para el ciudadano de a pie que no sabe de leyes.

"¿Es válido el consentimiento verbal?"

Sí, pero vamos a diferenciar dos situaciones muy distintas.

En mi caso, con las sesiones fotográficas eróticas, me gusta hacer el consentimiento por escrito. El hecho de quedar días antes para pactar la sesión permite este margen de seguridad para todos y todas, y tengo un gigantesco documento que llega a las nueve hojas, que se usa en fotografía, donde se escribe el consentimiento, la sesión, el uso de las fotos, los derechos de imagen, de autor, la duración, y muchas más cosas con todo lujo de detalles. Incluye todas las autorizaciones, lo que permite, lo que no permite, escenarios, horarios, fechas, se lo enseño a las modelos los días antes, y modificamos juntos con la modelo los puntos específicos de la sesión, porque cada persona es distinta, y donde una persona dice "sí" otra dice "no", y por eso hay que ir haciendo cambios en cada chica.

Es un documento impresionante, que deja a las modelos perplejas, pero es de máxima claridad, muy detallado, para las modelos y para mí también, porque no deja duda en nada. Ante cualquier discusión, problema, o controversia que tenga que llegar a Tribunales, está todo escrito, firmado y pactado. Se presenta ante el Juez o la Jueza si lo requiere, y lo tiene muy fácil su trabajo.

El consentimiento verbal también sería válido, pero en el caso de problemas es mucho más complicado, porque en ese caso es la palabra de uno contra otro dando testimonio delante del Juez o la Jueza, y dará la razón según la solidez jurídica de cada declaración.

Sin embargo, en los ligues de la misma noche entiendo que la gente no va con el contrato en la mano. Lógicamente, en esas situaciones interviene el consentimiento verbal, y que sea una aventura divertida es tan fácil como usar el sentido común, el respeto, la confianza, la responsabilidad, la madurez, la diversión y el gozo mutuo. Aparte del consentimiento, usa la razón para saber con quién vas a follar, porque psicópatas, tarados, imbéciles, tramposos y mentirosos, tenemos en nuestra sociedad a miles, tanto hombres como mujeres.

"¿Qué ocurre si hay lesiones con una práctica consentida?"

El delito de lesiones sigue existiendo, sí, porque el consentimiento no libera de la pena al autor, pero en estos casos el consentimiento es una atenuante que nos encontraríamos del que se beneficia la persona que ha provocado la lesión. Se encuentra en el artículo 155 del Código Penal, el cual dice el Alto Tribunal que se puede aplicar el artículo 155 del Código Penal en las leyes españolas si ha mediado el consentimiento válido, libre, espontáneo y expresamente emitido del ofendido. En este caso, de haber consentimiento válido, se impone la pena inferior en uno o dos grados. Es decir, te rebajan la condena, que varía según las lesiones provocadas, su gravedad, su temporalidad, pero sigue existiendo el delito de lesiones, sí.

Es una mentira enorme si alguien te dice que por haber consentimiento no hay responsabilidad de lesiones. ¡Mentira! Se han burlado de ti, te han engañado, te han tomado por tonto o tonta, va de listillo el que te lo ha contado, o a lo mejor te han preparado una trampa, y quieren abusar de ti. Es una atenuante, pero el delito no te lo quita nadie, y ya hay sentencias judiciales por esta causa.

Hay una parte importante y grande dentro del sector jurídico que dice que las eximentes están amparadas en algunas situaciones, como sería el caso de deportes violentos, porque se trata de actividades permitidas a pesar de que el resultado lesivo no sólo es previsible, sino, incluso, querido por el contrincante, y si se usa del deporte legítimamente conforme a las reglas del juego, las lesiones están amparadas dentro de la lista de eximentes de responsabilidad criminal del art. 20 del Código Penal. Este es un debate todavía agrio y polémico dentro de la propia justicia, y yo no voy a entrar porque esto es una web de bondage.

"¿Se puede dar un consentimiento colectivo?"

Supongamos que tienes que hacer una sesión fotográfica bondage con diez chicas atadas en las mismas fotos, y una chica dice que puedes atar a todas las chicas, y que ella te da el consentimiento por todo el grupo.

Legalmente, el consentimiento consiste en la potestad que tiene el titular individual del bien jurídico protegido de considerar como lesiva o no una determinada conducta, y por lo tanto, los consentimientos se vinculan al ámbito de los delitos contra los particulares. Sólo una persona, en los requisitos que os he explicado antes, puede dar su consentimiento particular para determinados hechos y prácticas.

Las leyes expresan de forma terminante las conductas de las comunidades o los colectivos, y un consentimiento comunitario dicen los expertos en leyes que son inimaginables.

Por lo tanto, si en una sesión de fotos participan diez chicas, cada una de estas chicas tendrá que dar su consentimiento propio para participar. No puede una chica dar el cosentimiento en el nombre de las demás, y de aquí se deduce que no es válido un consentimiento colectivo.

"¿Qué ocurre si no hay consentimiento?"

Sin consentimiento, es delito, y haciendo un repaso mental a toda la lista de opciones que me salen, casi me atrevo a afirmar que todas las prácticas sin consentimiento serían un delito penal y muy grave, como violaciones, secuestros, abusos sexuales, y un largo etcétera.

Para saber qué ocurre sin consentimiento en sexo, podría poner a modo de ejemplo el artículo 181 del Código Penal español. Está dentro del título VIII, que habla de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, y dentro de este título está el capítulo I, que habla de las agresiones sexuales, el capítulo II habla de los abusos sexuales, el capítulo II BIS habla de los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años, el capítulo III es del acoso sexual, y hay más capítulos, pero yo me voy a parar a hablar del capítulo II, que tengo toda la información actualizada del Código Penal español, concretamente de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y legislación complementaria, actualizada en diciembre del 2020 por ser exacto, que es cuando escribo este artículo.

En su artículo 1, menciona la falta de consentimiento diciendo que "el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses".

En su apartado 2, dice que "a los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

El punto 3 del mismo artículo 181 dice que "la misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima".

El punto 4 reseña que "en todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años".

Hay muchos más artículos, pero apartando lo que dicen las leyes, en mi opinión me parecen asquerosas las conductas sexuales sin consentimiento. Me pregunto qué mierdas pasa por la mente enferma de esa gente. En la vida hay mucha gente que dice "no", y hay que respetarlo y aceptarlo, sin discusión. También hay mucha gente que dice "sí". Nos encontramos de todo en la vida.

Yo no entiendo cómo se puede ser amigo de estos personajes, o estar enamorada de estos sujetos. La humanidad tiene una parte de escoria que no merece amistad ni amigos ni nada, pero esto ya es mi opinión personal.

"¿Algún detalle más del consentimiento?"

Recuerda que este texto no tiene valor jurídico. Pueden haber cambiado las leyes, y el artículo puede no estar revisado o actualizado en el futuro, que esto no es una web de leyes.

Las leyes las aplican las Juezas y Jueces dentro de su territorio nacional o su jurisdicción, y de la defensa o de la acusación se encargan abogados, Fiscalía, u otros. Esto es una web de bondage, y este artículo pretende hacerte entender que el consentimiento explícito e indudable, al que yo añado lista de límites, condiciones y prohibiciones, es imprescindible y obligatorio. Es por ley, pero es también para demostrar que sois personas inteligentes, maduras, respetuosas, correctas, de confianza y con sentido común, en lugar de ser un cavernícola prehistórico e imbécil con la polla como garrote.

El objetivo del artículo es estar concienciado y concienciada de pedir permiso, y de compartir libre y mutuamente los mismos deseos, fantasías, proyectos, y vivencias. Te encontrarás "no" por supuesto, pero hay más siete mil millones de personas en el mundo. Encontrarás miles de "sí" también sin ninguna duda. Yo los encuentro, y eso que me da asco la gente desde que era pequeño y soy antisociable. ¡Imagínate tú si eres sociable y agradable! ¡Arrasas con los "sí" consentidos!

 

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